Entidad / Organismo: Consejería de Igualdad y Empleo
Cuantía: Hasta el 50% de la inversión subvencionable, y un máximo de 4.000 € Tipo: A fondo perdido
Fecha de inicio: 18/04/09 - Fecha finalización: 18/05/09
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, con domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con centro de trabajo en la región, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena, sin que superen los cincuenta trabajadores en el momento de solicitar la subvención, ni en el año inmediatamente anterior.
Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y sociedades civiles que cumpliendo las condiciones en cuanto al número máximo de trabajadores realicen inversiones que sean objeto de este tipo de subvención.
En el caso de empresas que cuenten con más de un centro de trabajo, dicho cómputo habrá de entenderse referido a la suma de trabajadores existentes en todos los centros de la misma ubicados en esta Comunidad.
En su calidad de Administraciones Públicas, no tendrán la condición de beneficiarias, a efectos de la concesión de subvenciones de que es objeto el presente Decreto, ni las empresas públicas ni las Entidades Locales comprendidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como sus Organismos Autónomos y demás Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia,
vinculadas o dependientes de ellas
Más información:
Fuente:
DOE nº 84, 2 de mayo de 2008
DOE nº 73, 17 de abril de 2009