Entidad / Organismo: Consejería de Igualdad y Empleo
Cuantía: Ver Normativa Reguladora Tipo: A fondo perdido
Fecha de inicio: 09/04/09 - Fecha finalización: 31/01/11
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de la subvención regulada en el presente Decreto las personas físicas o jurídicas, así como la comunidades de bienes, sociedades civiles, entidades privadas sin ánimo de lucro, uniones temporales de empresas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda
ostentar la condición de empleadora, de acuerdo con lo previsto en la normativa laboral, siempre que cumplan con los requisitos previstos en esta disposición y formalicen las transformaciones de contratos temporales en indefinidos o en fijos discontinuos para prestar servicios en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el supuesto de que la entidad solicitante sea una Comunidad de Bienes o Sociedad Civil deberá indicarse en la solicitud los porcentajes de participación en la entidad de cada uno de los miembros integrantes de la misma.
No podrán beneficiarse de estas subvenciones las administraciones públicas, organismos públicos, entidades y sociedades vinculadas o dependientes de las mismas; así como cualquier entidad privada o pública, con independencia de la forma jurídica que adopte, y sea cual sea su régimen jurídico o fines, siempre que el poder de control o dirección, o de designación de la mayoría de los componentes de sus órganos de gobierno o dirección, directa o indirectamente sea ostentado por Administración Pública, o su patrimonio directa o indirectamente sea constituido o provenga en su mayor parte de fondos públicos
Más información:
El objetivo es fomentar el empleo estable mediante la regulación de un programa extraordinario de subvenciones a la transformación de contratos temporales en indefinidos o en fijos discontinuos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de variación de datos en la Seguridad Social referida a la transformación del contrato temporal en indefinido o en fijo discontinuo objeto de subvención.
Normativa Reguladora
Fuente:
DOE nº 68, 8 de abril de 2009